Este régimen de zona fría comenzó con la ley 25565 de Presupuesto Nacional para el ejercicio año 2002 (ver art.75 de dicha ley).
Por ley 27637, en Pandemia se dispusieron modificaciones y se prorrogó el régimen hasta el 31-12-2031. “El Poder Ejecutivo, por sí o a través de la autoridad de aplicación, queda facultado para disponer los mecanismos mediante los cuales los usuarios y las usuarias puedan renunciar al presente beneficio, con la finalidad de que lleguen exclusivamente a aquellos usuarios y a aquellas usuarias que lo necesiten” ( ver art.7º de dicha ley).
Era para el servicio público de gas y esta última ley traía un mapa de la República Argentina que señalaba –con colores- regiones catalogadas como zonas “frías” en 11 (once) provincias, entre las cuales no estaba la provincia de Buenos Aires. También las regiones tenían números romanos, que fueron usados para convertir en frías zonas que no lo eran.
Por paritaria de noviembre 2023 la federación nacional del gremio de encargados (FATERYH) se adhirió al régimen de la ley 27637 y determinó que así como las facturas de gas llegaban con una bonificación del 50% en determinadas zonas de la provincia de Buenos Aires, el total de las remuneraciones de los encargados que trabajaban en dichas zonas llevarían un aumento del 50%. (¿¡)
Es evidente que este aspecto de la paritaria homologada en 2023 afecta el “interés general” que debiera haberse merituado antes de homologar, dado que se tergiversó el contenido y alcance de la ley 27637. Así debió ser por imperio de las leyes 14250 y 23546 (Textos Ordenados por Decreto 1135/2004).
Es notorio que dicha paritaria perjudica a quienes se intentó proteger (los trabajadores de consorcio) pues hay disgusto de consorcistas, mayor morosidad en el pago de expensas y clara voluntad de prescindir de estos trabajadores.
La razonabilidad, concepto basal de la legislación laboral, quedó despreciada y sujeta a los vaivenes de la omnímoda voracidad sindical.