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SOBRE LOS PROTOCOLOS COVID EN LOS CONSORCIOS

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Muchos vecinos de la Ciudad de Buenos Aires amanecieron hoy con un cartel en la puerta del edificio titulado “Protocolo Covid-19 para Edificios”, con una serie de recomendaciones.

De la lectura del mismo, vale hacer algunas salvedades sobre su contenido.

Veamos primero qué dice y analicemos luego qué puede o no hacerse en los Consorcios.

 

Los derechos y garantías amparados por nuestra Constitución Nacional están plenamente vigentes

 

En la parte superior del cartel se indica lo siguiente:

PROTOCOLO COVID-19 PARA EDIFICIOS

Sigamos estas recomendaciones para seguir cuidándonos.

 

Empecemos entonces porque se trata de simples recomendaciones. Es conveniente recordar aquí que la necesidad de cuidarse y tomar en serio este pernicioso virus es real, y deben extremarse los cuidados, como la distancia social, el lavado y desinfección permanente de manos y el uso adecuado de barbijo. Bajo ningún concepto estamos instando a la falta de cuidados.

Previo a todo análisis, debemos recordar que, pese al DNU 334/2021 y mientras no se declare estado de sitio, los derechos y garantías constitucionales siguen plenamente vigentes (art. 23 de la Constitución Nacional), por lo que los arts. 14, 18 y 19 de nuestra Carta Magna siguen vigentes en su totalidad.

 

Recordemos sus textos:

Art. 14: Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.

 

Art. 18: Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa. Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo; ni arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente. Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos. El domicilio es inviolable, como también la correspondencia epistolar y los papeles privados; y una ley determinará en qué casos y con qué justificativos podrá procederse a su allanamiento y ocupación. [...]

 

Art. 19: Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe.

 

Análisis de las recomendaciones

 

Volviendo al texto de las recomendaciones, veamos cuáles son:

1. Están suspendidos los encuentros sociales en todas las unidades funcionales.

2. Los espacios comunes cubiertos (SUM, parrillas, gimnasios, salas de reunión, etc) permanecerán cerrados.

3. Se recomienda la restricción del ingreso de personas ajenas al edificio que no tengan una tarea específica.

4. Se recomienda que las asambleas consorciales sean de manera virtual para garantizar mayor participación de vecinas y vecinos.

5. En caso de incumplimiento, comunicarse al 911.

 

Todos y cada uno de estos puntos son simples recomendaciones no obligatorias, por lo que llama la atención la sugerencia de transformar a los vecinos y en su caso al encargado del edificio o al personal de seguridad, en espías de los propietarios. Llama la atención, justamente, porque es la policía quien atiende el 911 y en la medida que no se trate de un delito, nada podrá hacer con dichos llamados telefónicos.

 

Esta recomendación de contactarse con la policía, se encuentra en similar sintonía con la Provincia de Buenos Aires.

Nos referimos a la “notificación” dada el pasado 20 de mayo por la Subsecretaría de Planificación, Gestión y Evaluación de la Provincia de Buenos Aires, que informa a todas las empresas que prestan el servicio de seguridad privada en barrios cerrados y countries, que eviten “la circulación en horario nocturno, como así también el aglomeramiento de gente, fiestas clandestinas, reuniones particulares, etc” y que en caso de advertir alguna de estas situaciones deberán informarlo al 911 inmediatamente bajo apercibimiento de “sanciones penales y/o contravencionales”.

 

Si la situación amerita la restricción de los derechos, se debe declarar el estado de sitio, y si ello no ocurre, se debe cumplir con nuestra Constitución y apelar a la conciencia ciudadana.

La ciudadanía viene de muchos meses de encierro, incertidumbre y falta de trabajo. Esto, como se ha reconocido en numerosas oportunidades, afecta profundamente la salud mental y con ello la salud anímica de toda la sociedad.

 

Conclusiones

 

Entonces, y ante las razonables dudas que pueden surgir ante las recomendaciones varias del Estado, vale concluír lo siguiente:

1. Mientras no se declare Estado de Sitio o en su caso haya una Ley del Congreso Nacional, el Estado no tiene jurisdicción para impedir reuniones ni impedir el uso de espacios comunes dentro del Consorcio, que es propiedad privada. Mucho menos dentro de las viviendas. Es por ello que ni las administraciones ni el personal de seguridad de los Consorcios tienen facultades para hacer valer ninguna de las recomendaciones arriba referenciadas.

 

2. Las Asambleas pueden realizarse en formato virtual o, en su caso, mixto, sumando algunos pocos asistentes presenciales siempre y cuando se pueda mantener una distancia de dos metros entre cada asistente, cada uno cuente con barbijo y el lugar sea amplio y al aire libre.

 

3. Si bien coincidimos en que es desaconsejable realizar reuniones en espacios cerrados, no debemos permitir la restricción ilegal a nuestros derechos inalienables, como la salud mental, la libertad y la propiedad.

 

Finalmente, cabe agregar que, ante un Estado Nacional que no ha vacunado en tiempo y forma a la población (excepto tal vez a militantes partidarios considerados más importantes que el resto) y no ha sabido tomar las medidas que otros países sí tomaron por tener dirigentes capacitados, no parece razonable exigir a la ciudadanía ningún nuevo “esfuerzo” cuando toda la clase política no supo estar a la altura de las circunstancias.

 

® Liga del Consorcista

Tags: coronavirus covid cuarentena, De Interés General para la Familia Urbana, derecho,

Comentarios

publicado el 25-8-2021

Pregunto: es posible que se exiga el pago al consorcio de un curso de 6 mil pesos mensuales y sin límites por disposición de la ART, para una persona que cumple tres días por semana por limpieza. Gracias

publicado el 20-7-2021

Parece que algunos opinantes carecen de una adecuada comprensión de texto. Muchos administradores creen que tienen derecho a instaurar normas inconstitucionales, e inventan restricciones que no surgen del DNI y son a todas luces irrazonables.

publicado el 4-7-2021

Comparto parte de la nota, pero globalmente puede tener un efecto no deseado y contiene algunas falacias. Resulta extraño, que una profesional del derecho, confunda la utilización del 911. El 911 no es un contacto policial, aunque quizás lo atienden policías, para vuestro conocimiento es una Central de Emergencia, en caso de incendios, peligros, faltas contravencionales, emergencias médicas, etc., por ende, es una falacia que nada puede hacer el 911, porque es para delitos penales nada más. El afiche, nada dice que llame el encargado o personal de vigilancia, otra inducción suya Dra. Rita. Si se hace una “fiesta clandestina”, cualquier ciudadano puede denunciar. Y como lo expresa la Dra. Loisi, son recomendaciones, por ende las consideraciones del punto 1-, no se corresponden con las recomendaciones del afiche, ya que ninguna recomendación de lo que sea, vulnera garantía tuteladas por la Constitución de la Nación Argentina. Saludos

publicado el 30-6-2021

Muy buen artículo. Me apena que la gente no posea el sentido común para discernir entre lo que es cuidarse correctamente y exagerar insoportablemente.

publicado el 29-6-2021

Absolutamente de acuerdo Dra Aloisio ,NADIE esta por encima de la constitucion ,la cuestion es cuidarse ,asi cuidamos a otros,de lo contrario estamos en una dictadura,un DNU NO tiene fuerza de ley

publicado el 28-6-2021

En estos difíciles momentos, donde el miedo y la incertidumbre predominan, tenemos que clarificar nuestros pensamientos, la Dra. Eloisi esta enunciando los derechos que emanan de nuestra constitución, por lo tanto no se pueden negar y tampoco discutir aunque muchos piensan distinto, tampoco se puede hablar de los trastornos que provocan las "vacunas" contra el covid 19, el encierro y la falta de educación a los niños van a provocar una enorme perjuicio a toda la población, que nos espera

publicado el 28-6-2021

En estos difíciles momentos, donde el miedo y la incertidumbre predominan, tenemos que clarificar nuestros pensamientos, la Dra. Eloisi esta enunciando los derechos que emanan de nuestra constitución, por lo tanto no se pueden negar y tampoco discutir aunque muchos piensan distinto, tampoco se puede hablar de los trastornos que provocan las "vacunas" contra el covid 19, el encierro y la falta de educación a los niños van a provocar una enorme perjuicio a toda la población, que nos espera

publicado el 28-6-2021

El análisis me resulta malicioso y tendencioso así como desconocedor de la penalidad que rige en la ley para aquellos que propaguen a sabiendas contagios que perjudiquen la salud social. Es lamentable que la Liga se involucre en esta vergonzante situación

publicado el 28-6-2021

Excelente nota. Debemos recordar cuáles son nuestros derechos sin olvidar el momento de pandemia. Pero no hay pandemia que valga sobre nuestra constitución. En mi consorcio esto se tiene muy claro. Nos cuidamos porque sabemos hacerlo pero nadie controla lo que hace el otro.

publicado el 28-6-2021

Silvia; con todo respeto. Aflojá con el instituto patria¿!

publicado el 28-6-2021

Legisladores, Administradores, Gremio-Sindicato. Únicos responsables. [así lo padezco...]

publicado el 28-6-2021

Coincido con su nota, está más que claro que nos está alertando de los posibles atropellos que pretenden las autoridades con estas circulares ridículas, al mismo tiempo que nos recuerda y nos insta a respetar los protocolos imprescindibles a cumplir ante la pandemia. Quedará librado a la conciencia de cada individuo preservar la integridad física recomendada en estos casos. Es triste leer comentarios de algunos que malinterpretan su nota. Saludos cordiales.

publicado el 28-6-2021

Clarísimo el artículo. En mi consorcio el administrador prohibió (puso un candado) ingresar en el gran jardín del edificio. Tengo dos hijos chicos, y no tengo porqué tolerar este atropello de quien se considera dueño del edificio. A los que critican: LES MOLESTA QUE SE DIGA QUE EL TEMA DE LAS VACUNAS NO SE MANEJÓ BIEN? Es verdad!! Muchos pensamos eso. Por favor! y ahora los políticos vienen a pedirnos más esfuerzos? Y por casa cómo andamos? Buenísimo recordar que LA CONSTITUCIÓN SIGUE VIGENTE!!

publicado el 28-6-2021

Soy consorcista en varios edificios y respetando las normas de emergencia fijadas por DNU, no hubo problemas para su funcionamiento. Lamento la nota que se ve teñida por tintes políticos, que desconocen lo que esta pasando como emergencia sanitaria a nivel mundial. Saludos

publicado el 28-6-2021

Es lamentable el artículo. Siempre me guío por sus opiniones pero en ésta, muy politizada! Usted está sugiriendo que evadamos las recomendaciones de un DNU. Este virus está en el mundo por eso se denomina pandemia! No puede sugerir que no nos fijemos en el comportamiento de nuestros vecinos! Yo tengo algunos que no usan barbijo en las partes comunes y por más que ya lo hemos solicitado, no toman conciencia de los riesgos. Tuve que hacer denuncia en la fiscalía.

publicado el 28-6-2021

Con todo respeto, me parece desafortunada la opinión de la Abogada, puedo entender el marco legal que tiene la descripción, pero hay que entender que hay otros aspectos que hoy por la situación "extraordinaria" tienen mas relevancia. Cuando se escribe en un portal de internet hay que tener extremado cuidado. Saludos.

publicado el 28-6-2021

Ya no se puede opinar en este país sin que algunos digan que es una cuestión partidaria, cuando la verdad se trata de la validez de la Constitución Nacional y los límites que tienen nuestras autoridades para limitar nuestras libertades, sean del color que sean. Algunos comentarios son lamentables. Coincido con la autora de la nota un ciento por ciento.

publicado el 28-6-2021

Estoy de acuerdo con lo expresado por la Dra. Loisi. Dejemos las ideas partidarias de lado. Respeto las normas pero no quiero que cercenen mi libertad al 100%

publicado el 28-6-2021

Totalmente de acuerdo con la Dra. Loisi. Leo comentarios q no entienden el concepto entre derechos y obligaciones, libertades y responsabilidades q se expresa en el artículo En ningún momento dice de salir a contagiar, hay q cuidarse, cuidar al otro, pero teniendo en cuenta q la soledad, la falta de dinero o trabajo, la ausencia de un plan, afecta emocional y mentalmente a la ciudadanía, bajando sus defensas y haciéndola mas vulnerable a "cualquier enfermedad".

publicado el 28-6-2021

me parecio un comentario si plagado de partidismo, de los que no creen que existe esta pandemia, porque llama a no cumplirla, me extraña que una entidad de este tipo tenga esa posicion,politica, cuando lo bueno es de dejar de lado y preocuparse por los asuntos especificos, gran decepcion

publicado el 28-6-2021

Que lamentable la opinión política de la Dra. Loisi... Lamentable por innecesaria y por una subjetividad rayana en la falsedad y parcialidad absoluta

publicado el 28-6-2021

[email protected] No comparto con la abogada, hay yn DNU vigente que tiene fuerza de ley. Además, como aclara el art 19, que ella suscribe, aclara que todo se puede realizar mientras no perjudique a otro....si hay reuniones, si no hay distanciamiento, si se comparten lugares comunes, no están cuidando a los demás. Estamos en medio de una pandemia, podemos sobrevivir sin una reunión pero no sin salud

publicado el 28-6-2021

Gracias, siempre y me consta, alertas con probables acciones. Estuve en sus Despachos, familia. Les deseo lo mejor!!

publicado el 22-6-2021

Más allá de las convicciones personales, no podemos ignorar que lo que estamos viviendo es un drama que ocasiona muertes. Asumamos la falta de responsabilidad de nuestra población, que no asume el riesgo que provoca al prójimo y a sí mismos, lo que se observa hasta en la caminando en la calle. Creo que no se puede aplicar el concepto de "derecho" constitucional, porque es el derecho a la vida que vulneran en nombre de una libertad, que contagia y provoca muertes.

publicado el 28-5-2021

Estimada Silvia,

No hay censura de ninguna clase, la Fundación Liga del Consorcista de la Propiedad Horizontal no ejerce censura.

Los únicos comentarios que no se publican son los que contienen spam, insultos, groserías o publicidades.

Debido a la enorme cantidad de spam recibido diariamente, desde hace años que los comentarios de usuarios no registrados (el registro en la página es gratuito) no se publican directamente, sino que revisamos que sean comentarios reales.
Esta revisión es humana, no automática, razón por la que no ve su comentario publicado inmediatamente.

Nuevamente, agradecemos su participación y su tiempo dedicado a comentar y expresar su punto de vista.

Saludos cordiales.
Dra Victoria Loisi

publicado el 26-5-2021

A Zapiola: Si no pudiste renovar tampoco se pudo nombrar otro. ¿entonces quién administra ahora? La asamblea se puede hacer en la vereda, y no es necesario quórum para renovar mandato. ¿te bloquearon la cuenta bancaria del consorcio?

publicado el 26-5-2021

se puede realizar trabajos de pintura en la fachada de un edificio?

publicado el 25-5-2021

Muchas gracias por su artículo Dra. Loisi. Es más que bienvenido en un marco de atropellos a los que ha dado lugar la desmesura de algunos administradores. Y más grave resulta si actuación cuando se utiliza para ello al personal de empresas de seguridad privada como brazo ejecutor o a las sanciones pecuniarias como elemento de presión para materializar todo tipo de privaciones que en muchos casos van más allá de las recomendaciones impartidas desde el Estado.

publicado el 25-5-2021

Si hubieran habido testeos y vacunas no estaríamos como estamos. Nos trasladan la ineficiencia de la gestión

publicado el 25-5-2021

Buenas tardes, excelente explicación a tan poco feliz cartel difundido por el gobierno de la ciudad de BA. No debemos perder la libertad pero sí actuar responsablemente. Por otro lado, el gobierno nacional nos exige un encierro casi total cuando ellos dieron una pésima imagen no cumpliendo los protocolos, reuniéndose para hacer política y abrazándose entre ellos, también comiendo asado sin la distancia adecuada. Para exigir hay que tener autoridad moral, que es de lo que adolecen. Mariana

publicado el 25-5-2021

Dra Loisi soy consorcista y veo el esfuerzo de los que protegen al prójimo así como los que a expensas de ese sacrificio disfrutan y tiran por la borda los cuidados y reparos tomados según los protocolos recomendados en prevención de la pandemia Tratar de autoritarios a quien cumple y hace cumplir dichas disposiciones es confundir a la gente más aún Agradecería publique mis 3 comentarios completos los que son muy respetuosos de UD y de la situación que estamos viviendo No me censure.

publicado el 25-5-2021

Estimada lectora Silvia,

Antes que nada gracias por su tiempo en leer y comentar. Desde ya me permito señalarle que usted ha hecho una lectura sesgada de mi artículo.

En ningún momento he invitado a no respetar el DNU presidencial 334/2021. Si usted leyó íntegro el artículo verá que destaco la necesidad de cumplir con el distanciamiento social, el uso de barbijo y el lavado de manos.

Sólo recogí el sentir de muchos consorcistas que padecen las terribles situaciones de pandemia y están agotados a merced de algunos administradores autoritarios e inescrupulosos que so pretexto de la pandemia someten a los propietarios.

Queremos hacer un llamado a la reflexión: Los espacios comunes no tienen por qué cerrarse de manera dictatorial y unilateral por parte de la decisión de un administrador. Lo que se tiene que evitar es el contacto, el hacinamiento. Pueden por ejemplo, usarse de manera individual y por turnos.

Cordialmente,
Dra. Victoria Loisi

publicado el 25-5-2021

Dicho con el mayor de los respetos hacia UD por alguien que lee y considera el contenido de sus columnas y de su colega Rita Pero es muy delicado priorizar cualquier otra cosa que no sea la VIDA cuando se apaga y no hay retorno De lo demás siempre hay chances para recuperarse Realizar una Asamblea, saldar deudas, volver a empezar, pero DE LA MUERTE NO SE VUELVE Por eso EVITEMOS LOS CONTAGIOS DESDE NUESTRA RESPONSABILIDAD Y COMPROMISO sin siquiera esperar un DNU. RESPETEMOS BURBUJAS Y DISTANCIA

publicado el 25-5-2021

Lo que no parece razonable Dra Loisi es hacer un artículo que por cuestionar el desempeño de nuestra clase dirigente justifique no SOLIDARIZARSE a realizar el MAYOR ESFUERZO POSIBLE DESDE LA INDIVIDUALIDAD DE CADA UNO, si ESO APORTA A DESCOMPRIMIR LA SITUACION ACTIAL como por ejemplo PROTEGER a la ANCIANIDAD, a los que aún FALTAN VACUNARSE, a los ESENCIALES despejándoles el transporte y ámbitos donde ejercen, descomprimiendo los HOSPITALES. CADA ESFUERZO INDIVIDUAL SUMA DESDE NUESTRA CONCIENCIA

publicado el 25-5-2021

Dra Loisi ¿Por qué confundir a los consorcistas? Sin decir lo más importante Puesto que si bien como expresa Ud "la ciudadanía viene de muchos meses de encierro, incertidumbre y falta de trabajo" se le olvida recalcar que ¡EL MUNDO ENTERO VIENE DE MUCHOS MESES DE UNA PANDEMIA DESVASTADORA SIN PRECEDENTES Y DE UNA INCONTABLE PÉRDIDA DE VIDAS! ¿Qué aporta con invitar a no respetar el DNU? Es una cuestión de responsabilidad y mera solidaridad no realizar reuniones y mantener el distanciamiento.

publicado el 24-5-2021

Hola no pude renovar por no realizar asamblea, tengo 80%de propietarios mas de 78 años a 85.sin espacio fisico para hacer la asamblea .hall de entrada 2,80 x 5 y terraza no accesible para gente mayor ,superficie 4,50 x 3 mtrs gracias

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