Respecto de los recientes trascendidos periodísticos, relativos a la Res.
408/2012 sobre Digitalización de expensas, cabe hacer la siguiente aclaración:
Sólo existe una medida cautelar que obliga, a quien la pide, a demandar a la CABA teniendo que en la demanda y luego de los trámites correspondientes, ganar el juicio.
Sólo si esto ocurre se puede decir que "ha caído" la Resolución impugnada.
Por ahora, la jueza sólo suspendió su aplicación "temporalmente" hasta tanto haya un fallo definitivo.
Y esa suspensión sólo rige para la demandante (y sus asociados), pero no para quienes no han sido parte en ese juicio.